"En numerosas regiones de la América colonial, demasiado pobres para permitirse el dudoso lujo de la cárcel, los tribunales condenaban a los ladrones a trabajos forzados en beneficio de sus víctimas, hasta que redimían su deuda" Murray N. Rothbard.
El diccionario de la Real Academia Española define la justicia como el principio moral que lleva a dar a cada quien lo que corresponde. Pero, ¿quién es capaz de determinar qué corresponde a cada uno? En el liberalismo se consideran derechos naturales: la vida, la libertad y la propiedad. Murray Rothbard resume éstos en uno solo: el derecho de propiedad.
Hasta aquí vamos “bien”. Las cosas se complican cuando se dan violaciones a estos derechos naturales de un individuo por parte de otro. ¿Cómo determinar lo que corresponde tanto a la víctima como al agresor? Desde tiempos remotos, las sociedades han dejado esta decisión en manos de los gobernantes, aunque sabemos que estos no son los hombres más sabios del mundo. Y es que para llegar a una conclusión sobre este problema se necesitaría mucha sabiduría.
En algunas sociedades antiguas se acudía al principio de retribución o indemnización a la víctima. Esta indemnización era, por supuesto, pagada por el agresor. De esta forma ambos recibían lo que “les correspondía”. Este principio se fue deformando en la medida que los Estados fueron ampliando su esfera de acción Hasta llegar a lo que conocemos hoy: Una “justicia” en la cual el agresor, si se da el caso, es recluido en una cárcel en la cual todos los tributarios, incluyendo a la víctima, tenemos que mantenerlo. El delincuente en cuestión puede quedar en libertad pagando una suma al Estado. Dicha suma puede ser mayor o menor a la que corresponde según la agresión, pero de ninguna manera llegará a manos de la víctima.
Es por eso que las personas han perdido la confianza en la “justicia” del Estado y han decidido hacerla “por su propia mano”. En este tipo de sociedades existe una mayor certeza del castigo, lo cual disuade a las personas de cometer agresiones a los derechos de terceros. El problema en este caso es que no existe el mínimo análisis sobre la proporcionalidad del castigo que corresponde según la agresión; y de esta forma se incurre en castigos demasiados severos que tampoco van encaminados al resarcimiento de la víctima. A veces se ha condenado a muerte a personas inocentes.
Entre los creyentes de las palabras del evangelio provoca un gran dilema el tema de la justicia, pues por un lado sentimos la necesidad del castigo y que, sin éste, las cosas nunca van a cambiar; y por otro lado sentimos la necesidad del perdón, como nos enseñó el Maestro. Nos es muy difícil abandonar nuestros rencores contra aquellos que hacen el mal y confiar en la justicia divina.
Se puede deducir de lo anteriormente expuesto que existen tres maneras de administrar la justicia: La justicia del Estado, La justicia por cuenta propia, y la justicia divina. Y de las tres, la primera es la más imperfecta.

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